Capital social

AutorManuel Faus
Cargo del AutorNotario

El capital social es aquella cifra expresada en euros que se corresponde con el valor de los bienes que los socios de una sociedad mercantil (entendida esta como una empresa, conjunto de bienes, sea sociedad limitada, sea sociedad anónima, sea sociedad regular colectiva, sea sociedad comanditaria simple o comanditaria por acciones) le ceden a ésta sin derecho de devolución y que queda contabilizado en una partida contable del mismo nombre.

Contenido
  • 1 Notas esenciales
  • 2 Función y principios ordenadores del capital social
  • 3 Referencias adicionales
  • 4 Legislación citada
Notas esenciales

El capital social es una cifra estable, a diferencia del patrimonio que es variable. Pero hay un punto de coincidencia cuando la sociedad aún no está inscrita: el art. 38 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC) dice: «3. En el caso de que el valor del patrimonio social, sumado al importe de los gastos indispensables para la inscripción de la sociedad, fuese inferior a la cifra del capital, los socios estarán obligados a cubrir la diferencia».

A partir de tal momento podrá aumentar o disminuir el patrimonio social y ello podrá influir en situaciones especiales como incurrir en causa de disolución (Art.363.1 letra e de la LSC).

El capital social es una cifra del pasivo de la sociedad que indica una deuda de la sociedad frente a los socios; desde el punto de vista societario el capital debe ser devuelto, algún día por la sociedad a los socios.

Además el capital social es cifra de una garantía para los acreedores de la realidad de las aportaciones, sean iniciales, sean el resultado de una ampliación de capital, o disminuya por reducción.

El capital social debe constar en los estatutos. Para las diferencias entre sociedad anónima y sociedad de responsabilidad limitada puede verse Diferencias entre las sociedades anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada a la luz de la Ley de Sociedades de Capital

Función y principios ordenadores del capital social

El capital de toda sociedad tiene una doble función:

a).- El capital tiene una función contable: se anota en el pasivo contable de la sociedad, siendo su contrapartida en el activo las simultáneas aportaciones de los socios; resultará, pues, que la suma del capital ha de coincidir con la suma de las aportaciones (sean dinerarias o no dinerarias).

y b).- El capital cumple una función de garantía del cumplimiento de las obligaciones sociales.

De la función de garantía que cumple el...

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